Según ha informado la agencia EFE, las cámaras fueron situadas en la fachada del Ayuntamiento, en la plaza de la Constitución, en la zona del Lavadero municipal y en las calles La Fuente y Guadalajara, lo que habría provocado las quejas de numerosos vecinos y las denuncias de varios de ellos ante la AEPD.
Según la resolución de este organismo, el Ayuntamiento de Heras de Ayuso, cuyo alcalde es el socialista Jesús Sierra Lumbreras, alegó que la finalidad de la instalación de las cámaras era "mejorar la seguridad ciudadana, erradicar los actos vandálicos y evitar los robos".
No obstante, en ningún momento el Consistorio aportó al expediente abierto por la AEPD "autorización administrativa para instalar las cámaras de vigilancia en la vía pública".
Por todo ello, según Protección de Datos, "los hechos expuestos podrían suponer la comisión, por parte del Ayuntamiento de Heras de Ayuso, de una infracción de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal".
Así, la AEPD, sigue en su escrito, considera como "infracción grave tratar los datos de carácter personal o usarlos posteriormente con conculcación de los principios y garantías establecidos en la ley".
Ahora, este organismo del Ministerio del Interior ha concedido un plazo de quince días al Ayuntamiento a fin de que pueda realizar sus alegaciones y proponer las pruebas que estime oportunas, bajo apercibimiento que de no contestar se procederá sin más a dictar una resolución sobre el fondo del asunto.
Cada cual se lo organiza como mejor cree...
En Murcia, para controlar el tráfico; en Barcelona y Madrid para luchar contra la prostitución...La lista de municipios españoles que ya han instalado o están instalando sistemas de vídeovigilancia en las calles es larga. La prensa da buena cuenta de ello y al parecer en ninguna de estas ciudades se han topado con los problemas jurídicos que sí se han topado en Heras de Ayuso.
El proceso para regularizar la instalación de cámaras en la vía pública se asienta en una Ley Orgánica (4/97 del 4 de agosto) y el posterior Real Decreto (596/99 del 16 de abril), que son los textos jurídicos que se refieren a este tipo de cuestiones. Se inicia casi siempre a instancias del Ayuntamiento o la Subdelegación cursando una petición al delegado del Gobierno en la región